Se cae otra operación contra la AFA: la Justicia de EE.UU. desestima parte de una demanda por un amistoso en el que Messi no jugó

La causa civil iniciada en Estados Unidos por la empresa VID Music Group sumó un giro importante y vuelve a dejar en offside las operaciones de diversos medios de prensa contra la Asociación del Fútbol Argentino (AFA). La jueza Lisa Walsh resolvió desestimar con perjuicio el Cargo V, el único planteo que involucraba a Lionel Messi, por lo que el capitán de la Selección Argentina quedó definitivamente fuera del expediente y no podrá volver a ser demandado por ese mismo reclamo.
La decisión llegó el 1 de agosto y fue tomada sin esperar la audiencia prevista. Según la resolución, la magistrada resolvió el planteo directamente sobre la base de los escritos presentados y la documentación incorporada al expediente, al considerar que el reclamo presentaba deficiencias en su formulación.
La denuncia contra AFA había sido realizada por una empresa que organizó dos partidos amistosos de la Selección argentina en la ventana de octubre del año pasado. La firma VID Music Group asegura que tuvo que afrontar una pérdida millonaria por la ausencia de Lionel Messi en el primero de los encuentros, frente a Venezuela, algo que supuestamente estaba garantizado por contrato.
El fallo contradice las versiones de operadores periodísticos de Guillermo Tofoni que trabajan para el diario La Nación que, en los últimos días, habían puesto el foco en la continuidad del proceso judicial y en una supuesta estrategia de la AFA para solamente dilatar el proceso en Miami. Mientras algunos trascendidos hablaban de nuevas instancias judiciales, la resolución de la Justicia estadounidense dejó fuera de la causa a Messi antes de cualquier audiencia y dio más argumentos a AFA en su favor.
Entre los fundamentos, la jueza sostuvo que VID Music Group nunca expuso el reclamo con el nivel de precisión que exige la legislación de Florida. En ese sentido, remarcó que la empresa no identificó ninguna declaración concreta del futbolista, ni una comunicación dirigida a la firma, ni siquiera el contenido específico del video en el que decía haber basado su presentación.
Además, el tribunal señaló que una promesa vinculada a una conducta futura no puede ser considerada una tergiversación negligente. La resolución indicó que esa excepción únicamente podría aplicarse ante un supuesto de fraude intencional, una figura jurídica distinta y que no fue acreditada en la demanda.
Otro de los argumentos centrales fue el propio contrato firmado entre VID Music Group y la AFA. La jueza destacó que ese acuerdo contemplaba expresamente la posibilidad de que Messi no participara del encuentro, establecía las excepciones para esa situación y fijaba una penalidad económica del 25% en caso de ausencia. Para el tribunal, eso demuestra que la empresa conocía ese riesgo y aceptó esas condiciones al momento de negociar. Muy contrariamente con lo que plantean operadores periodísticos anti AFA quienes intentan enmarcar el episodio en una especie de estafa por parte de las autoridades de la Casa Madre.
La resolución también descartó la existencia de un vínculo causal entre los gastos realizados por la compañía y las manifestaciones atribuidas al futbolista. El expediente señala que VID Music Group reconoció haber comenzado a invertir en la promoción de los partidos apenas firmó el contrato, varias semanas antes del video del 3 de octubre sobre el que luego basó parte de su reclamo.
Por último, la magistrada entendió que cualquier manifestación realizada por Messi estuvo dirigida al público en general y no específicamente a la empresa demandante. En ese marco, concluyó que modificar la demanda sería inútil porque las deficiencias detectadas no podían ser corregidas, por lo que resolvió desestimar el reclamo con perjuicio, cerrando definitivamente esa parte del proceso.
Con esta decisión, la causa continúa únicamente respecto de la AFA y del agente Julian Kapelan. En el caso de la asociación, la audiencia para tratar la moción de desestimación presentada por su defensa quedó fijada para el 1 de septiembre. Pese a las alarmas que intentaron encender como parte de una campaña de desprestigio desde algunos operadores periodísticos, la Justicia enmarca el hecho en una simple disputa comercial por un evento que no resultó de la manera en el que fue pensado.





