La Justicia le dio la razón a AFA contra la IGJ por la designación de veedores y aprobó el cambio de domicilio a la Provincia de Buenos Aires

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil le dio la razón a la AFA y anuló dos resoluciones claves de la Inspección General de Justicia (IGJ) y del Ministerio de Justicia de la Nación que habían impedido completar el traslado de su domicilio a la provincia de Buenos Aires y declaró la nulidad de la designación de veedores en la entidad madre del fútbol argentino.
El Tribunal de Apelaciones consideró que los controles están en manos de la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires a partir del cambio de sede social a Pilar resuelto en Asamblea en 2024 y de la inscripción de la “Asociación del Fútbol Argentino” en esa jurisdicción.
“Quedó definitivamente consolidado bajo este organismo el control de legalidad y las facultades de fiscalización sobre esta entidad”, resolvieron los camaristas Gabriel Rolleri, Maximiliano Caia y Juan Manuel Converset, quienes declararon la nulidad de la Resolución 140/2026 de la IGJ y de la Resolución 128/2026 del Ministerio de Justicia.
El fallo cuestiona la actuación del organismo nacional y sostiene que se arrogó facultades que no le correspondían. En este contexto, la IGJ “desatendió palmariamente la oportuna decisión de este Tribunal” al rechazar la inscripción de una reforma estatutaria que ya había sido aprobada por la asamblea de la AFA y cuya validez había sido reconocida judicialmente.
Sobre el pedido del Ministro de Justicia que había dispuesto una “intervención en grado de veeduría” sobre la entidad, los jueces sostuvieron que al momento de dictarse esa medida, la AFA ya estaba bajo la órbita de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bonaerense, por lo que la IGJ y el Ministerio de Justicia ya no tenían competencia para intervenir, tal y como la AFA lo aclaró en uno de sus comunicados.
LA AFA HABÍA ACUSADO A LA IGJ DE OPERACIÓN POLÍTICA Y LE RECORDÓ EL CASO BULLRICH
El conflicto tuvo inicio en la asamblea del 17 de octubre de 2024, cuando la AFA aprobó por unanimidad modificar su estatuto para establecer que “el domicilio social de la AFA se encuentra en la Provincia de Buenos Aires”. Esa decisión permitió iniciar el trámite para abandonar la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires y quedar bajo el control del organismo provincial.
La IGJ rechazó la inscripción del cambio de jurisdicción y la cancelación de la inscripción de la entidad en el organismo nacional y para justificar esa decisión ordenó inspecciones sobre la sede declarada por la AFA en Pilar y puso en duda la efectividad del traslado.
“La AFA no será sometida a una veeduría ilegítima, fundada en hechos falsos o tergiversados y dictada con una finalidad política ajena a la ley”, remarcó en un comunicado en febrero de este año la casa madre apuntando a la IGJ, en la que agregó: “las presentaciones judiciales correspondientes para que esta medida sea desestimada, tal como ocurrió con el precedente Bullrich”.
En aquel texto, la casa madre remarcó la contradicción entre el Inspector General de Justicia, quien señaló que la veeduría era una “mera ‘medida preparatoria’, un relevamiento de información” y el comunicado oficial que “califica los hechos que se investigan como ‘graves irregularidades'”.
“Si las irregularidades fueran realmente graves, la IGJ tendría la obligación legal de aplicar sanciones (multas, intervención, cancelación de personería). Pero no lo hace”, marcó AFA, señalando que “si no hay gravedad, la veeduría es un capricho”. “Y si es un capricho, lo único grave aquí es la utilización política de un organismo de control”. Meses posteriores, la Justicia le sigue dando la razón a la casa madre.
A la vez, resaltaron: “El acta de la asamblea se encuentra pública y disponible, incluso en plataformas abiertas como YouTube”, a lo que agregaron: “La Inspección General de Justicia, nunca cuestionó dicho cambio de jurisdicción que data de hace mas de un año, a tal punto que fue el propio organismo quien con fecha 7 de Noviembre de 2024 emitió el Certificado de Vigencia por Cambio de Jurisdicción para que la AFA lo pueda presentar en la Provincia de Buenos Aires, acto administrativo indispensable para obtener la inscripción de AFA en dicha jurisdicción”.





